Abogados especializados en divorcios
Ya sea un divorcio unilateral, de mutuo acuerdo o por culpa imputable, estamos para ayudarte.

¿Por qué un abogado especializado y no uno cualquiera?
Un divorcio no es solo un trámite para "terminar el matrimonio". Hay bienes, deudas, custodias, regímenes de visitas, alimentos, compensación económica y otros acuerdos que van a afectar el resto de tu vida.
Las consecuencias patrimoniales y familiares pueden ser profundas. Elegir un abogado especializado en divorcio reduce el riesgo de errores costosos y difíciles de remediar después.
Las tres causales para divorciarse en Chile
Hasta 2004 en Chile no existía el divorcio. La Ley N° 19.947 de Matrimonio Civil estableció un régimen de divorcio con tres causales.
1. Divorcio de mutuo acuerdo (art. 55 inc. 1°)
Los dos cónyuges presentan la demanda conjunta.
Tienen que acreditar al menos un año de no convivencia y acompañar un acuerdo que cubra alimentos, cuidado personal de los hijos, régimen de visitas, compensación económica para el cónyuge más débil y situación de los bienes familiares. El juez debe asegurarse de que el convenio proteja a los hijos y al cónyuge más débil.
Si ambos cónyuges están de acuerdo en el divorcio y dicho acuerdo está bien redactado, el trámite será rápido (entre dos semanas y un mes).
2. Divorcio unilateral por cese de convivencia (art. 55 inc. 3°)
Es el caso en que un cónyuge quiere divorciarse y el otro no.
No se necesita el consentimiento de nadie, sino probar tres años de cese de la convivencia. La prueba testimonial sola no basta, hacen falta antecedentes que den constancia de una fecha clara del comienzo de la separación.
Vale un acuerdo por escritura pública, acta ante el Registro Civil, cualquier documento que demuestre que existe un domicilio distinto para cada cónyuge.
3. Divorcio por culpa (art. 54)
Se aplica si uno de los cónyuges incurre en una falta grave que viole los deberes del matrimonio.
Esto incluye el atentado contra la vida o malos tratos graves, adulterio, alcoholismo o drogadicción que impida la vida en común, abandono del hogar, y otras señaladas expresamente en la ley.
No hay plazo mínimo de cese, pero la exigencia de pruebas es alta.
Cuando el otro cónyuge se niega: qué pasa en la práctica
El que tu pareja no quiera divorciarse no impide el divorcio.
Lo que sí hace es cambiar la dinámica del proceso. En este caso se demanda el divorcio unilateral (art. 55 inc. 3°). Tiene el requisito indispensable de no haber convivido al menos tres años, con documentos probatorios.
¿Qué se consideran documentos probatorios? Contrato de trabajo, de arriendo, de gastos comunes, boletas de celular, luz y otras utilidades, entre otros.
Es poco frecuente que se pueda impedir el divorcio si se cumplen los requisitos legales, pero es posible: si el cónyuge que demanda el divorcio tiene una deuda de pensión de alimentos decretada por sentencia o por mediación, el cónyuge demandado tiene derecho a oponerse al divorcio. El trámite se paraliza si se acredita que existe dicha deuda.
Esta medida se conoce como "cláusula de dureza" y es necesario contratar a un abogado para hacer efectiva la defensa en base a esta cláusula.
Por último, si hay violencia de por medio existen procedimientos de urgencia — ver abogado violencia intrafamiliar Santiago.
Compensación económica: donde se traban la mayoría de los divorcios
El cónyuge que se dedicó a las labores del hogar y al cuidado de los hijos tiene derecho a compensación económica, ya que se considera que este cónyuge sacrificó su capacidad para ejercer un trabajo para atender las necesidades del hogar y los hijos (artículo 61 de la Ley N° 19.947).
El juez tiene en cuenta la duración del matrimonio y de la vida en común, la situación patrimonial de ambos, la buena o mala fe, la edad y estado de salud del beneficiario, la cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral, y la colaboración prestada a las actividades económicas del otro.
No hay tabla ni fórmula fija, por lo que es necesario contratar un abogado con experiencia comprobada en estos procesos. Si no lo contratas, corres el riesgo de recibir menos de lo que te toca o de perder más patrimonio del que es justo.
Formas de pago de la compensación
- Suma única o cuotas periódicas reajustables
- Transferencia de bienes del deudor al beneficiario
- Constitución de derechos de usufructo, uso o habitación
- Traspaso de fondos previsionales (hasta el 50% del saldo de AFP, art. 80)
¿Es usted el cónyuge que necesita proteger su patrimonio?
El art. 62 de la Ley N° 19.947 establece los límites de la compensación económica y los factores que el juez debe ponderar para establecer su monto.
Conocerlos antes de que se presente la demanda marca la diferencia en la protección de tu patrimonio frente a una demanda de compensación económica.
Ver guía de protección patrimonial en el divorcioEl procedimiento en los Juzgados de Familia
La competencia es de los Juzgados de Familia (Ley N° 19.968). Toda actuación requiere patrocinio de abogado.
En el caso de un divorcio unilateral, el proceso pasa por estas etapas:
| Etapa | Qué ocurre |
|---|---|
| Presentar la demanda | Se presenta ante el juzgado del domicilio del demandado. |
| Audiencia preparatoria | Se fijan los hechos controvertidos, se ofrece prueba y deben comparecer los cónyuges para manifestar su voluntad de disolver el matrimonio. |
| Audiencia de juicio | Se rinde la prueba, se leen los documentos, declaran los testigos de forma presencial en el Tribunal, se realizan los alegatos de clausura. |
| Sentencia | El juez resuelve el divorcio y sus efectos: compensación económica, alimentos y tuición (en el evento de haber sido demandados). |
| Subinscripción | La sentencia firme se anota al margen de la partida de matrimonio en el Registro Civil (trámite administrativo con un costo de $3.290). |
En el caso de un divorcio de mutuo acuerdo, el proceso es el siguiente:
| Etapa | Qué ocurre |
|---|---|
| Presentar la demanda | Se presenta ante el juzgado del domicilio de cualquiera de los cónyuges. Es necesaria la citación de dos testigos y documentos probatorios de un cese de convivencia por al menos un año. |
| Sentencia | Se dicta sentencia y se inscribe en el Registro Civil. |
Materias que regulamos junto al divorcio de mutuo acuerdo
El acuerdo de divorcio debe resolver las siguientes materias, o el tribunal decidirá sobre ellas:
- Tuición o cuidado personal de los hijos
- Régimen de relación directa y regular (visitas)
- Pensión de alimentos para hijos y/o cónyuge
- Liquidación de la sociedad conyugal o participación en los gananciales
- Compensación económica para el cónyuge que tuvo un menoscabo económico en el matrimonio (art. 61, Ley N° 19.947)
FAQ
Preguntas Frecuentes sobre Divorcio
¿Cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo en Chile?
¿Cuál es la diferencia entre divorcio y nulidad matrimonial?
¿Quién tiene derecho a compensación económica?
¿Cuánto puedes pedir de compensación económica?
Los bienes que tenía antes de casarme, ¿entran al reparto?
¿Puedo cambiar el régimen matrimonial antes de divorciarme?
¿Puedo divorciarme si mi cónyuge no quiere?
¿Es obligatorio pasar por mediación antes del divorcio?
¿Cuánto se demora un divorcio unilateral?
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